Este es el segundo y último periodo de las curules de paz. Vamos a analizar de dónde vienen, qué son y por qué son necesarios.
Vamos al inicio:
Después de más de cincuenta años de conflicto armado, el 24 de noviembre de 2016 se firmó el Acuerdo de Paz entre el Gobierno de Colombia y la guerrilla de las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia (FARC).
Este acuerdo fue construido durante 4 años de negociaciones en La Habana, Cuba, con el fin de poner fin al conflicto armado y construir una paz estable y duradera. El acuerdo final, que fue firmado en 2016, contiene 6 puntos que se relacionan entre sí.
- Hacia un nuevo campo, Reforma Rural Integral (RRI).
- Participación política, apertura democrática para construir la paz.
- Poner fin a la guerra.
- Solución al problema de las drogas ilícitas.
- Reparación a las víctimas.
- Implementación, verificación y refrendación.
Si quieres acceder al Acuerdo final para la terminación del conflicto y la construcción de una paz estable y duradera, pincha a continuación:
En este acuerdo está el origen de los curules de paz, específicamente en el punto 2 “Participación política: apertura democrática para construir la paz”.
¿Cómo surgen las Circunscripciones Transitorias Especiales de Paz (CTEP)?
En el Acuerdo Final de Paz se estableció la necesidad de representación política de los sectores y los territorios afectados por el conflicto. Dice así:
En el marco del fin del conflicto y con el objetivo de garantizar una mejor integración de zonas especialmente afectadas por el conflicto, el abandono y la débil presencia institucional, y una mayor inclusión y representación política de estas poblaciones y de sus derechos políticos, económicos, sociales, culturales y ambientales, del derecho a elegir y ser elegidos, y también como una medida de reparación y de construcción de la paz, el Gobierno Nacional se compromete a crear en estas zonas un total de 16 Circunscripciones Transitorias Especiales de Paz para la elección de un total de 16 Representantes a la Cámara de Representantes, de manera temporal y por 2 períodos electorales.
Dando cumplimiento a ese compromiso, en agosto del 2021, después de pasar por el Congreso de la República y de ser revisado por la Corte Constitucional, esta última resolvió darle luz verde a las Circunscripciones Transitorias Especiales de Paz (CTEP), e impulsó al Gobierno Nacional a promulgar el Acto Legislativo 02 de 2021, mediante el cual se reformó la Constitución para crear estas 16 curules especiales, de carácter temporal y transitorio, en la Cámara de Representantes.
Este marco constitucional fue declarado exequible por la Sentencia C-103 de 2021 de la Corte Constitucional, que confirmó la validez del trámite legislativo y la compatibilidad del acto legislativo con el bloque de constitucionalidad, reconociendo su carácter reparador y su aporte a la inclusión política.
A partir de ello, se desplegó un conjunto de normas reglamentarias que viabilizaron la implementación de las CTEP. Entre ellas se destacan:
- Resolución 10566 de 2021 de la Registraduría Nacional del Estado Civil, que definió el listado oficial de los 167 municipios priorizados en 19 departamentos donde operarían las circunscripciones.
- Resolución 28229 de 2021 de la misma entidad, que reglamentó aspectos operativos del proceso electoral, como la inscripción de cédulas, la instalación de mesas y la divulgación pedagógica en los territorios.
- Resolución 2806 de 2021 del Consejo Nacional Electoral (CNE), que reguló la inscripción de candidaturas exclusivamente para organizaciones sociales, de víctimas, étnicas y campesinas, prohibiendo expresamente la participación de partidos políticos con personería jurídica.
- Decreto 1207 de 2021 del Gobierno Nacional, que estableció directrices para la coordinación institucional del proceso, el acompañamiento interinstitucional y la articulación con organizaciones de base en los territorios.
Estas disposiciones permitieron que, por primera vez en las elecciones legislativas de 2022, las comunidades más afectadas por el conflicto pudieran contar con representación directa en el Congreso, en cumplimiento del enfoque territorial, reparador y participativo del Acuerdo de Paz.
¿A quiénes representan?
Los curules de paz representan a las víctimas que viven en 16 territorios especialmente afectados por estos más de 50 años de conflicto (más adelante los detallamos). Hacen parte de las medidas de apertura democrática para la reparación colectiva que garantiza una mayor participación política, inclusión y representación, fortaleciendo los escenarios comunitarios, sociales y políticos de las víctimas del conflicto armado y el abandono estatal.
Cambiar la institucionalidad para garantizar la participación
La creación de las CTEP implicó transformaciones significativas tanto en el sistema político como en el proceso electoral colombiano. Desde el punto de vista del sistema político, se trató de una modificación excepcional del principio de representación consagrado en la Constitución. A través del Acto Legislativo 02 de 2021, se estableció un mecanismo de representación que no opera bajo la lógica de los partidos políticos tradicionales, sino que está orientado a garantizar la participación directa de las víctimas del conflicto armado en territorios históricamente marginados. Esta modificación estructural no solo creó una figura nueva dentro del Congreso, sino que también evidenció la necesidad de ampliar las formas de representación política para responder a las demandas de inclusión surgidas del Acuerdo Final de Paz.
En términos del proceso electoral, la implementación de las CTEP también trajo ajustes importantes. La Registraduría Nacional del Estado Civil y el Consejo Nacional Electoral expidieron resoluciones específicas (como la 10566, 28229 y la 2806 de 2021) que establecieron reglas diferenciadas para la inscripción de cédulas, la delimitación territorial de las circunscripciones, la postulación de candidaturas y la instalación de puestos de votación en zonas rurales de difícil acceso. Además, se prohibió expresamente la participación de partidos políticos, lo que constituye una alteración temporal y deliberada del modelo tradicional de competencia electoral, con el fin de garantizar condiciones de equidad para liderazgos sociales y comunitarios que históricamente habían estado excluidos de estos escenarios.
Se crearon figuras inéditas en el marco electoral como los Tribunales Electorales Transitorios de Paz, espacios de observación, seguimiento y verificación impulsados por la sociedad civil que, aunque no tienen funciones jurisdiccionales, fortalecen la legitimidad del proceso en territorios que han vivido de forma directa los efectos del conflicto armado. Las CTEP están planteadas como una apuesta institucional para redefinir quién tiene derecho a representar y ser representado, cómo se garantiza esa representación y qué tipo de ajustes requiere el sistema político-electoral para hacer realidad los compromisos del Acuerdo de Paz.
¿Tienen un periodo de vigencia?
Sí, son transitorias, por dos periodos legislativos (2022-2026 y 2026-2030), por lo que se aplican únicamente para estas elecciones y las próximas en la Cámara de Representantes.
¿Por qué son necesarias?
Para reparar la falta de presencia estatal en las zonas más apartadas y afectadas por la guerra, y mejorar la representación política de los sectores excluidos y victimizados en esos territorios; ambas condiciones centrales para la paz, según el acuerdo.
Retos en el camino a la elección de la CTEP
Basándose en que en estas circunscripciones se congrega el 36% de víctimas de violencia política, social, y en estas hay constantes riesgos de inseguridad y violencia durante épocas de elecciones por parte de actores armados y bandas criminales, se hace necesario plantear una serie de retos que se evidencian ante la elección de los y las representantes en estos territorios.
- Aunque la postulación de miembros de grupos armados al margen de la ley está prohibida, los Tribunales Electorales Transitorios de Paz deberán mantenerse vigilantes, ya que en algunos municipios de estas zonas persisten desafíos derivados de la presencia de grupos armados ilegales. Es fundamental garantizar que estos actores no influyan ni coaccionen en el proceso electoral, para asegurar la transparencia y la libre participación de la ciudadanía.
- El 30 de enero de 2022, a 41 días de las pasadas elecciones al congreso, la Procuraduría, en su Boletín 55, advirtió sobre un aumento inusual en la inscripción de cédulas en diversas localidades del país. Ante esta situación, las autoridades electorales intensificaron las medidas de verificación para asegurar la integridad y transparencia del proceso electoral. Una situación similar puede presentarse en las futuras elecciones en el 2026.
- Después de la firma del acuerdo de paz, la cifra de homicidios contra líderes sociales sigue siendo alarmante. Según la Defensoría del Pueblo, entre enero y junio de 2023 se registraron 92 líderes y lideresas sociales asesinados, incluidos defensores indígenas, campesinos y sindicalistas. Además, el Instituto de Estudios para el Desarrollo y la Paz (Indepaz) reportó 173 homicidios de líderes sociales en 2024, lo que evidencia una tendencia persistente en la violencia dirigida a estos grupos.
Este contexto genera desconfianza y temor en los habitantes de las regiones afectadas, lo que refuerza la necesidad de garantizar la seguridad de los candidatos y habitantes de los territorios. La violencia sigue siendo una barrera significativa para una participación política segura y efectiva. Además, resalta la urgencia de aumentar la representación estatal para velar por los derechos de las comunidades vulnerables y asegurar que sus intereses sean escuchados en los espacios políticos.
Tribunales Electorales Transitorios de Paz
Justamente para observar este proceso electoral, se crearon los Tribunales Electorales Transitorios de Paz como mecanismos adicional de control y veeduría ciudadana .
Estos tribunales están funcionando desde enero del 2026 (tres meses antes de las elecciones) y sus principales funciones son:
- Seguridad: Hacer recomendaciones a autoridades administrativas y de policía para garantizar el proceso electoral e informar posibles delitos.
- Dar cumplimiento a las normas del proceso electoral, verificar censo electoral y designaciones.
- Verificar el cumplimiento de la publicidad electoral.
- Monitorear, verificar, revisar y controlar la contabilidad de las campañas y entidades relacionadas con el proceso electoral.
- Capacitar y desarrollar ruta pedagógica electoral.
¿Y ahora? ¡Vamos a conocer las 16 circunscripciones!
Dieciséis territorios para la paz
Las CETP se conformaron a partir de la identificación de las zonas más afectadas por el conflicto, teniendo en cuenta los siguientes criterios: los niveles de pobreza y pobreza extrema, la debilidad de la institucionalidad administrativa y la presencia de cultivos ilícitos. En total son 16 CETP y comprenden sólo las zonas rurales de 167 municipios, de 19 departamentos.
¡Más participación rural, afrodescendiente e indígena!
Los curules de paz buscan darle mayor representación política a los habitantes de zonas habitualmente excluidas de la participación en asuntos estatales, ya que son poblados apartados o dispersos, golpeados por el conflicto, que en todos estos años no han contado con apoyo del Estado para la realización de sus derechos. De hecho, para facilitar la participación electoral, la Registraduría Nacional del Estado Civil tuvo que crear nuevos puestos de votación en dichos lugares.
Según la Misión de Observación Electoral (MOE), el 66,5% de los consejos comunitarios (población afrodescendiente) y el 43,2% de los resguardos indígenas del país están en zonas con curules para la paz.
Así, la elección de los 16 curules podría traer una oportunidad de mayor inclusión y representación política de estas poblaciones, las más afectadas por el conflicto y marginadas, y con ello, la posibilidad de luchar desde el Congreso Nacional por todos sus derechos (políticos, económicos, sociales, culturales, ambientales, etcétera).
Un dato: la participación electoral en las zonas rurales de los municipios que hoy comprenden las CETP fue de un 47,5% en la votación a la Cámara de Representantes de 2018. Esto es alrededor de 2 puntos porcentuales por debajo de la participación nacional.
En estos municipios viven cerca de 3 millones de víctimas del conflicto armado en Colombia y constituyen la tercera parte del territorio nacional.
Misión de Observación Electoral (MOE). (2021). Circunscripciones Transitorias Especiales de Paz. Recuperado de https://www.moe.org.co/wp-content/uploads/2021/08/Circunscripciones-Transitorias-Especiales-de-Paz.pdf.
Las 16 CETP
Aquí están las 16 Circunscripciones Especiales Territoriales de Paz. En cada una de ellas se elegirá a un Representante a la Cámara.

- Circunscripción 1: Argelia, Balboa, Buenos Aires, Caldono, Cajibío, Corinto, El Tambo, Jambaló, Mecaderas, Morales, Miranda, Patía, Piendamó, Santander de Quilichao, Suárez, Toribío (Municipios de Cauca). Cumbitara, El Rosario, Leiva, Los Andes, Policarpa, Florida y Paradera (Municipios de Nariño).
- Circunscripción 2: Arauquita, Fortul, Saravena y Tame (Municipios de Arauca).
- Circunscripción 3: Amalfi, Anorí, Briseño, Cácere, Caucasia, El Bagre, Ituango, Nechí, Remedios, Segovia, Tarazá, Valdivia, Zaragoza (Municipios de Antioquia).
- Circunscripción 4: Convención, El Carmen, El Tarra, Hacarí, San Calixto, Sardinata, Teorama y Tibú (Municipios de Norte de Santander).
- Circunscripción 5: Florencia, Albania, Belén de los Andaquíes, Cartagena del Chairá, Curillo, El Doncello, El Paujil, Montañita, Milán, Morelia, Puerto Rico, San Jose Fragua, San Vicente del Caguán, Solano, Solita, Valparaíso (Municipios de Caquetá). Algeciras (Municipios de Huila).
- Circunscripción 6: Bojayá, Medio Atrato, Istmina, Medio San Juan, Litoral de San Juan, Nóvita, Sipí, Acandí, Carmen del Darién, Riosucio, Unguía, Condoto (Municipios de Chocó).Vigía del Fuerte y Murindó (Municipios de Antioquia).
- Circunscripción 7: Mapiripán, Mesetas, La Macarena, Uribe, Puerto Concordia, Puerto Lleras, Puerto Rico y Vista Hermosa (Municipios de Meta). San José del Guaviare, Calamar, El Retorno y Miraflores (Municipio de Guaviare).
- Circunscripción 8: Córdoba, El Carmen de Bolívar, El Guamo, María La Baja, San Jacinto, San Juan de Nepomuceno y Zambrano (Municipios de Bolívar). Colosó, Chalán, Los Palmitos, Morra, Ovejas, Palmito, San Onofre y Toluviejo (Municipios de Sucre).
- Circunscripción 9: Guapi, López de Micay y Timbiquí (Municipios de Cauca). Buenaventura (Municipios Valle del Cauca).
- Circunscripción 10: Barbacoas, El Charco, La Tola, Magüi, Mosquera, Olaya Herrera, Francisco Pizarra, Ricaurte, Roberto Payán, Santa Bárbara y Tumaco (Municipios de Nariño).
- Circunscripción 11: Orito, Puerto Asís, Puerto Caicedo, Puerto Guzmán, Puerto Leguízamo, San Miguel, Valle del Guamuez y Villagarzón (Municipios de Putumayo).
- Circunscripción 12: Agustín Codazzi, Becerril, La Jagua de Ibirico, La Paz Pueblo Bello y Valledupar (Municipios de Cesar). Dibulla, Fonseca, San Juan del Cesar (Municipios de La Guajira).Aracataca, Ciénaga, Fundación y Santa Marta (Municipios de Magdalena).Circunscripción 13: Arenal, Cantagallo, Morales, San Pablo, Santa Rosa del Sur y Simití (Municipios de Bolívar). Yondó (Municipios de Antioquia).
- Circunscripción 14: Puerto Libertador, San José de Uré, Valencia, Tierralta y Montelíbano (Municipios de Córdoba).
- Circunscripción 15: Ataco, Chaparral, Planadas y Rioblanco (Municipios de Tolima.
- Circunscripción 16: Carepa, Chigorodó, Dabeiba, Mutatá, Necoclí, San Pedro de Urabá, Apartadó y Turbo (Municipios de Antioquia)